Categorías: Economía

España podría considerar paraísos fiscales a Andorra, Chipre, Irlanda, Chequia y Luxemburgo, según Gestha

Pide incluir en la lista de paraísos de la UE a países con baja tributación y un estima un “agujero” del 14% por Sociedades

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han avanzado este martes que Andorra, Chipre, Irlanda, República Checa y Luxemburgo podrían ser paraísos fiscales en la próxima lista de España, ante la actualización del listado de la UE que están llevando a cabo los ministros de Economía y Finanzas.

En una nota, Gestha indica que el traslado de beneficios que realizan las multinacionales a territorios con baja tributación provoca un “agujero” en las arcas públicas del 14% de los ingresos anuales que se obtienen en España por el Impuesto sobre Sociedades, según se desprende de varios estudios internacionales. A nivel europeo, las pérdidas ascenderían hasta el 20%.

Frente a ello, los técnicos proponen que se añada el tercer criterio autónomo de la baja o nula tributación a los actuales criterios de transparencia (intercambio de información) y de justicia fiscal (inexistencia de regímenes fiscales perniciosos), para incluir en la lista europea de paraísos, a su juicio “guaridas fiscales”, a los territorios que no cumplan cualquiera de estos criterios, incluso aunque formen parte de la UE.

De hecho, los técnicos piden incluir en la lista de paraísos fiscales de la UE a aquellos países con baja tributación, incluso dentro de la UE, en un contexto en el que la propia Comisión Europea señala que las normativas fiscales facilitan actualmente la planificación fiscal agresiva en dichos Estados miembros.

Así, los técnicos indican que los países receptores de los beneficios de las multinacionales en Europa son Chipre, Irlanda, Chequia y Luxemburgo y que los grandes perjudicados son Italia, Grecia, Francia, Alemania, España y Letonia.

En las últimas semanas se ha abierto un debate en España sobre la tributación ante la marcha de varios ‘youtubers’ e influencers a Andorra.

La media de los tipos máximos por Sociedades en la UE-27 se sitúa en el 21,8%, mientras que en la UE-19 es del 22% y en España asciende al 25%, según recoge Gestha con datos de Eurostat. En cuanto a los impuestos sobre la renta o las ganancias de las empresas, incluidas las ganancias por tenencia, en la UE alcanza el 2,7% del PIB, mientras que en España es el 2,1%.

PAÍSES CON BAJA TRIBUTACIÓN

En este sentido, Gestha recuerda que el Parlamento Europeo aprobó recientemente, con el 90% del voto favorable de los eurodiputados, una resolución sobre paraísos fiscales en la que se pedía a la Comisión y al Consejo que propongan un nivel mínimo efectivo de imposición que constituya un criterio independiente para la inclusión en la lista de la UE.

Gestha valora que el Gobierno de España haya incluido este tercer criterio, aunque de forma “indeterminada” en el proyecto de ley contra el fraude fiscal, a un “nivel impositivo efectivo considerablemente inferior” al exigido en España. No obstante, los técnicos confían en que el Congreso concrete el límite de lo que se consideraría una “baja tributación” de un país o territorio.

Para acotarlo, los técnicos propusieron que se considere “nivel impositivo efectivo considerablemente inferior” a cualquier gravamen inferior a los dos tercios del tipo efectivo en España.

Según el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, España establecerá próximamente la baja o nula tributación como uno de los criterios independientes que podría llevar a un país a ser incluido en la lista española de paraísos fiscales.

Mientras tanto, Mollinedo señala que residir o utilizar los territorios de escasa o nula tributación, para eludir el pago de impuestos, muestra “la insolidaridad de quienes disfrutando de grandes ingresos, beneficios o patrimonio los utilizan en perjuicio de la sociedad, y especialmente de las personas vulnerables y de las que necesitan mayores ayudas y fondos públicos para salir de la crisis”.

Por ello, cree que “urge” actualizar el sistema tributario y de forma “preferible” si se basa en una acción coordinada de armonización fiscal europea.

Redacción

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