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La Junta presenta a los empresarios de Mairena del Alcor las ayudas para la Reactivación

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SEVILLA, 16 (EUROPA PRESS)

El delegado del Gobierno de la Junta, Ricardo Sánchez y la delegada territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, María del Mar Rull, han mantenido un encuentro informativo con empresarios de Mairena del Alcor donde los han informado sobre uno de los incentivos puestos en marcha por la Junta para la reactivación económica y social.

En un comunicado, la Junta de Andalucía señala que los delegados, acompañados por el alcalde de la localidad, Juan Manuel López, y de una técnico del CADE, han explicado todo lo referente a la convocatoria de ayudas para el Mantenimiento de Empleo para empresas en ERTE que amplió su plazo hasta el próximo día 5 de mayo, que amplía además el número de actividades que podrán acogerse a estas ayudas, con 39 CNAE (Código Nacional de Actividades Económicas) nuevos que se incorporan a los 164 que ya estaban recogidos anteriormente, y las ayudas de 3.000 euros dirigidas al pequeño comercio, la artesanía y la hostelería,que podrán solicitarse hasta el 6 de mayo.

Respecto a la primera, tanto el delegado de la Junta como la delegada de empleo, destacaron que el objetivo de esta ayuda, que está siendo gestionada por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) dependiente de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, es colaborar a mantener los proyectos empresariales y la renta del mayor número de personas, y evitar que los ERTE, con duración hasta el 31 de mayo, se conviertan en ERE y en posibles despidos, así como incentivar que los trabajadores se mantengan de alta y no pierdan un 30 por ciento de su salario al estar incluidos en expedientes de regulación temporal.

A este incentivo se pueden acoger las empresas con una plantilla media de hasta 20 trabajadores, con uno o varios centros de trabajo ubicados en Andalucía, y que desde el 14 de marzo de 2020 se hayan acogido a un ERTE de Fuerza Mayor o causas ETOP (Expedientes de Regulación de Empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción), en ambos casos relacionadas con la pandemia. Como empresas, se incluye a toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, incluidas autónomos y entidades sin ánimo de lucro.

Estas empresas han de tener, al menos, una persona trabajadora en alta por cuenta ajena independientemente del porcentaje de jornada, y desarrollar actividades que están entre las más afectadas por la crisis, y que se han recopilado en 163 CNAE.

La subvención aprobada está ligada a un indicador llamado Factor de Actividad, y en la práctica supondrá una cuantía de 505 euros al mes por empleo subvencionado durante un máximo de cuatro meses. El tope máximo de la ayuda alcanza los 30.300 euros.

La técnico del CADE explica a los empresarios que el Factor de Actividad se calcula de oficio por el SAE y representa el número de trabajadores en alta a jornada completa más la parte proporcional de jornada de los trabajadores a tiempo parcial. Si el factor de actividad es menor o igual a 5 trabajadores en alta, la ayuda resultante que recibirá la empresa corresponde a multiplicar el 65 por ciento de este índice por 2.020 euros. Si el factor de actividad es mayor de 5 trabajadores en alta y hasta 20, que es el tope máximo para recibir la ayuda, se multiplica el 75 por ciento de este índice por 2.020 euros.

Las beneficiarias deberán mantener el cien por cien del nivel de empleo subvencionado (65% o 75% del factor de actividad), al menos cuatro meses, desde que se computó el cálculo del factor de actividad inicial, y la ayuda será compatible con otras de cualquier administración para la misma finalidad siempre que no supere el coste total de la actividad subvencionada.

En cuanto a la solicitud, han explicado que deberá presentarse por vía telemática, a través de un formulario disponible en la ventanilla electrónica de la web del SAE, que incluirá entre otros aspectos una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, y la cuenta bancaria donde se realizará el cien por cien del ingreso tras recibir la resolución favorable, que deberá estar dada de alta en el Sistema GIRO de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea. No se requiere que, junto a la solicitud, se presente documentación adicional.


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