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Tribunales.-AMPL.-Procesados Lanzas, su pareja, la dueña de Río Grande, la intrusa del ERE y 6 investigados más

Les achaca falsedad documental, prevaricación administrativa, tráfico de influencias y malversación

SEVILLA, 4 (EUROPA PRESS)

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra nueve personas investigadas en una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas autonómicas a la empresa Río Grande, gestora del conocido restaurante de la calle Betis de la capital andaluza.

Entre los nueve encausados en esta pieza separada del caso ERE se encuentran el exsindicalista de UGT Juan Lanzas; su pareja Beatriz N.M.; la dueña de la entidad Río Grande, María del Carmen García Sánchez; el exdirectivo de la consultora Vitalia Antonio Albarracín; el que fuera comercial de dicha entidad Francisco González; otro responsable más de Vitalia llamado Jesús B.R.; miembros de la entidad Atrado Mensajería y de un bufete de abogados y finalmente Carmen Fontela, quien figuraba en el ERE promovido por el restaurante Río Grande en 2005 pese que no formaba parte de la plantilla.

En un auto fechado el día 30 de abril, difundido por el TSJA y recogido por Europa Press, el magistrado toma esta decisión ante presuntos delitos de falsedad documental, prevaricación administrativa, tráfico de influencias y malversación.

Asimismo, el instructor acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, en calidad de responsables civiles subsidiarias, contra las entidades Río Grande Sevilla, Vitalia, el referido bufete de abogados Estudios Villasís y la sociedad Atrado Mensajería.

En el auto, el instructor explica que el objeto de esta pieza separada “lo constituye la presunta ilicitud de las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo a la entidad Río Grande sin sujeción al procedimiento legalmente establecido”, añadiendo que, “de manera ilícita y fraudulenta, se concede una subvención a dicha empresa para satisfacer el pago de las indemnizaciones por despido de sus trabajadores afectados por el ERE de 2005 mediante la financiación de un seguro de rentas vitalicio”.

LA EMPRESA TENÍA BENEFICIOS

Todo ello, según el juez instructor, cuando la empresa “obtuvo unos beneficios de 1.250.594 euros en el año 2004 y de 21.480 euros en el año 2005”.

Al hilo de ello, el magistrado concreta que la administradora única de la mercantil desde el 30 de enero de 1996, la investigada María del Carmen García, tuvo conocimiento de que la Junta, a través de la Dirección General de Trabajo y “al margen de los procedimientos legalmente establecidos, podía otorgarle fondos públicos para obtener liquidez inmediata”, de forma que “consiguió que el titular de la Dirección General de Trabajo (el ya fallecido Francisco Javier Guerrero) beneficiara a su empresa con 1.531.300 euros”, subvención que “no consta formalmente entre las ayudas concedidas y facilitadas por la Junta, toda vez que se utilizó el sistema irregular de ‘pagos cruzados’ para el abono de primas de seguro, de modo que dichos pagos -con fondos inicialmente destinados a verificar otros pagos- no quedan reflejados en la contabilidad de la agencia IFA-IDEA”.

Para ello, según el juez, la responsable de la empresa, María del Carmen García Sánchez, se habría valido de la “intervención” de Juan Lanzas por el papel de este en UGT y “como asesor del despacho de abogados Estudios Jurídicos Villasís, así como sus colaboraciones como intermediario en la consultora de previsión social Vitalia”, pues este investigado “fomentó activamente la concesión y pago, a sabiendas de su ilicitud, de las ayudas, realizando gestiones con los responsables de la Consejería de Empleo”, en concreto con el ya fallecido director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero.

En todo ello, la empresa Atrado, propiedad de Lanzas, era “utilizada tanto para facturar como para recibir parte de los fondos públicos que le correspondían conforme a lo acordado con los responsables del grupo Vitalia, como para generar saldos disponibles en efectivo entregados a otras personas”, “al objeto de canalizar y encubrir las gratificaciones y remuneraciones derivadas de esta irregular intermediación”, apartado del asunto que abarca a los investigados Eduardo L.D.R. y Beatriz N.M., esta última pareja sentimental de Lanzas.

El ya mencionado despacho de abogados, según el juez instructor, habría “asesorado a la empresa en la negociación y articulación del ERE y en la concesión ilícita de las ayudas”, de ahí la investigación del socio de dicha entidad Carlos L.B.

LA “INTRUSA” DEL ERE

En el caso de Vitalia, los investigados son su exdirectivo Antonio Albarracín; el excomercial Francisco González y el que fuera responsable de la empresa en Sevilla Jesús María B.R., encargándose esta consultora de la “gestión y tramitación de las pólizas” del ERE, incluyendo en las mismas a la investigada Carmen Fontela pese a que la misma nunca había trabajado para Río Grande.

Fruto de este ERE incentivado con fondos autonómicos, Fontela habría cobrado 155.605 euros, “cooperando así junto con María del Carmen García en el lucro personal de Francisco González y Juan Lanzas, pues salvo 1.750 euros” de los que “dispuso” para sí misma esta “intrusa” en el ERE, “el resto de las prestaciones ingresadas en cuenta habrían sido repartidas entre los referidos investigados”.

El ERE del restaurante Río Grande incluía además a una “trabajadora contratada tan sólo tres meses antes de cumplir 65 años, habiendo alcanzado dicha edad con anterioridad a las fechas de solicitud de autorización y de aprobación del ERE”.

Respecto al citado ERE, destinado a la extinción de 12 de los 33 puestos de empleo alegando Río Grande causas organizativas, el juez instructor indica que el mismo fue autorizado por la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo “sin que conste el correspondiente informe del Servicio Público de Empleo Estatal”.

LA JUNTA FINANCIÓ EL 90,7% DEL ERE

En este punto, el magistrado explica que, “en virtud de la correspondiente ayuda comprometida por la Dirección General de Trabajo, el coste aceptado por la empresa de las indemnizaciones por rescisión de contratos, que alcanza una media por trabajador de 140.693,29 euros, es asumido en su práctica totalidad (90,7%) por la Junta, aún cuando el ERE no se vincula a causas económicas ya que no consta estudio alguno que permita deducir o que fundamente la ausencia de capacidad económica de Río Grande para hacer frente a las obligaciones asumidas por la Administración autonómica”.

El juez considera que, de lo actuado, “se deduce que estas ayudas carecerían de objeto definido y concreto, se llevaron a efecto de forma injusta y arbitraria prescindiendo del procedimiento legalmente establecido y sin observancia de los aplicables principios de publicidad, concurrencia y objetividad”, a lo que se suma que se concedieron por el correspondiente director general de Trabajo “sin competencia para ello, sin resolución motivada y justificada de concesión, y sin acreditación de los requisitos necesarios”.


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