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Las ayudas directas a sectores afectados por Covid en Euskadi ascienden a 270 millones y cubrirán 173 actividades

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Se conceden para cubrir deudas pendientes y se estima que puede haber 35.000 beneficiarios que recibirán los primeros pagos en septiembre

VITORIA, 22 (EUROPA PRESS)

Las ayudas directas a sectores afectados por la Covid-19 en Euskadi para cubrir deudas pendientes ascienden a cerca de 270 millones y cubrirán 173 actividades económicas con la previsión de que puedan acceder a las mismas unos 35.000 beneficiarios. Del total de las ayudas, 218 millones son financiados con fondos estatales y el Gobierno vasco añade 50 millones adicionales.

El Consejo de Gobierno vasco ha aprobado este martes el decreto previo a la orden de convocatoria de las ayudas directas de apoyo a la solvencia de empresas y autónomos afectados por la Covid-19.

En la rueda de prensa posterior al consejo, el consejero de Economía y Hacienda ha precisado que en Euskadi estas ayudas rondarán los 270 millones, 218 millones financiados con fondos estatales y 50 millones adicionales aportados por el Ejecutivo vasco. A estas subvenciones podrán acceder 173 actividades económicas, ya que el Gabinete Urkullu han añadido 78 nuevas CNAES (actividades económicas) a los 95 contemplados en el Real Decreto español.

El Departamento de Economía y Hacienda abrirá la convocatoria el próximo 5 de julio y se podrán presentar las solicitudes hasta el 30 de julio. La estimación es que podrán acceder a las mismas aproximadamente 35.000 beneficiaros.

Pedro Azpiazu ha precisado que, a lo largo del mes de agosto, se analizarán, y los primeros pagos llegarán en el mes de septiembre. “Hay un margen de cuatro semanas para poder enviar la documentación, por lo que quiero trasladar calma, de cara a no saturar el sistema, trataremos de que no se sature, pero pedimos colaboración”, ha pedido el consejero.

En total, se han establecido tres líneas de cara a agilizar la tramitación, dos de las cuales serán de tramitación “más ágil” y cuyos detalles, según ha precisado el consejero, quedarán especificados en la convocatoria.

Las personas o entidades beneficiarias se han de comprometer a mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta, al menos, el 30 de junio de 2022; a no repartir dividendos durante 2021 y 2022; y a no aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la concesión de la ayuda.

CONDICIONES DE LAS AYUDAS

Azpiazu ha precisado que el Real Decreto Ley español 5/2021 fija que las ayudas tienen carácter finalista y se concederán para poder satisfacer las deudas con proveedores y bancos que, derivadas de compromisos contractuales o acuerdos de suministro anteriores al 13 de marzo de 2021, hayan sido devengadas en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y se encontrasen pendientes de pago a esta última fecha.

Según ha detallado, en el empleo de las ayudas se establece que primero hay que pagar a proveedores por orden de antigüedad, determinado por la fecha de emisión de las facturas, y luego reducir deuda bancaria (primando la reducción del nominal de la deuda con aval público) y, por último, otros costes fijos.

Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás trámites se efectuarán exclusivamente por medios electrónicos, y se harán efectivas mediante un único pago. Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones públicas, o por entidades privadas destinadas al mismo fin, siempre que no se produzca “sobrefinanciación de las actuaciones subvencionables”.

ACTIVIDADES

Entre las 173 actividades que podrán ser objeto de apoyo están, entre otras, restaurantes y puestos de comidas, establecimiento de bebidas, hoteles y alojamientos similares o campings,

También se beneficiarán actividades como la extracción de minerales de hierro, la elaboración de vinos, sidra o helados, las artes gráficas, la reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial, la venta de automóviles y vehículos de motor ligero o el comercio al por mayor y por menor de diversos productos como el de bebidas en establecimientos especializados.

También se incluyen actividades relacionadas con el transporte marítimo o aéreo de pasajeros, de mercancías por carretera o por taxi. Además, se podrán beneficiar de las ayudas actividades de exhibición y producción cinematográfica o agencias de publicidad.

Asimismo, entre otras muchas, también se contempla apoyo para peluquerías, creación artística y literaria, actividad de los gimnasios, fabricación de tejidos textiles.


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