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La Sindicatura emite opinión “desfavorable” sobre Sogepsa en contratación y recomienda elaborar un plan estratégico

OVIEDO, 10 (EUROPA PRESS)

El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprobó este 9 de septiembre el informe sobre Sogepsa, relativo al ejercicio 2019. El órgano de control externo emite una opinión financiera “con salvedades” y una opinión de cumplimiento “desfavorable” en materia de contratación.

Asimismo, recomienda elaborar un plan estratégico “con la proyección de la sociedad en el futuro, la composición de su capital social y su estatus jurídico definitivo”.

Según informa la Sindicatura, la fiscalización tuvo como objetivos “comprobar la adecuación a la legalidad de las operaciones de la sociedad en materia de contratación y de transparencia, y mostrar su situación económico-financiera, analizando, por ejemplo, las circunstancias que motivaron que las cuentas hayan sido formuladas bajo el principio de empresa en funcionamiento y los factores que permiten la continuidad de sus operaciones”.

El organismo fiscalizador recomienda a los órganos de gestión de Sogepsa aprobar un plan estratégico que, “considerando la actual situación jurídica de la entidad en el marco europeo, estatal y autonómico, y bajo la estricta salvaguarda del interés público, contenga una decisión sobre cuál va a ser la proyección de la entidad en el futuro, la composición de su capital social y su estatus jurídico definitivo, así como los objetivos, planes y programas fijados para cada posible escenario planteado en función de la evolución del sector en el que desarrolla su actividad, con sus respectivos estados contables previsionales”.

FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO

La Sindicatura de Cuentas ha detectado varios incumplimientos legales “muy significativos o generalizados” que dan lugar a emitir la opinión “desfavorable” en materia de contratación.

En concreto, hace referencia a que Sogepsa aprobó en 2011 el documento ‘Instrucciones de contratación’ que, “por sus trascendentes indeterminaciones, no da cumplimiento a los requisitos que impone la Ley de Contratos del Sector Público para garantizar la efectividad de los principios de contratación pública, así como que los contratos se adjudiquen a quienes presenten la mejor oferta”.

“Tampoco se ha dado cumplimiento a la obligación de proceder a la adaptación de esas instrucciones en el plazo establecido en esa ley de 2017”, añade, apuntando que en 2019 Sogepsa “no cumplió con su obligación de remisión de información en materia contractual a la Sindicatura de Cuentas”.

Además, indica que en los contratos fiscalizados de asesoramiento y asistencia jurídica, dotación de la instalación eléctrica en Bobes Fase I, dotación de la infraestructura de gas natural en Bobes Fase I, y de electrificación de la tercera fase del área industrial de Barres se adjudicaron de forma directa, “lo que incumple, en atención a su valor estimado, la Ley de Contratos del Sector Público y las propias instrucciones de contratación, sin que consten las razones que justificarían que no se promoviera un procedimiento licitatorio”.

“El servicio externo de auditoría de la sociedad fue adjudicado con un contrato menor. Sin embargo, la duración mínima que exige la Ley de Auditoría de Cuentas para la contratación de esosservicios(tres años) impide su adjudicación a través de esa fórmula contractual, cuya duración máxima e improrrogable es anual”, indican desde la Sindicatura.

Igualmente, el órgano de control externo señala que “en el contrato del servicio de dirección de obra para el control, vigilancia y coordinación de seguridad y salud de las obras definidas en el proyecto de obras para la urbanización de Bobes I no se consideran justificadas las razones de su tramitación por vía de urgencia, conforme lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público”. “En el expediente tampoco se justifican las razones por las que se ha considerado la utilización de la experiencia del personal participante en la ejecución del contrato como criterio de solvencia y, adicionalmente, como criterio de adjudicación”, indica.

Por otra parte, expone que “en el contrato para las obras de urbanización de Bobes Fase I y para la venta de dos de las parcelas no se justifica la necesidad e idoneidad del contrato mixto, lo que también incumple le Ley de Contratos del Sector Público”.

“Los pagos realizados en 2019 por la prestación de servicios profesionales y asistencia jurídica tienen su origen en sendos contratos formalizados en 2010 y 1994. La duración de estos contratos contraviene lo dispuesto en la legislación contractual aplicable”, sostiene la Sindicatura, al tiempo que incide en que “la contratación de los servicios de procuraduría abonados en 2019 tuvo carácter verbal, lo que conculca la prohibición expresa de la Ley de Contratos del Sector Público”.

ESTRUCTURA FINANCIERA

La Sindicatura explica que la estructura financiera de Sogepsa al cierre del ejercicio 2019 se caracteriza “por un elevado nivel de endeudamiento a largo plazo con entidades de crédito que financian las áreas de actuaciones industriales (Bobes y la Lloreda) y con la Administración del Principado de Asturias, que atiende el servicio de deuda de la sociedad (actuaciones de Bobes, la Lloreda y Guadamía) cuando no dispone de tesorería suficiente para hacerle frente”.

“También cuenta con deudas con entidades financieras a corto plazo, cuya revisión anual y renovación aplazan el momento del vencimiento e incrementan el volumen de endeudamiento”, reseña, afirmando que “el pasivo exigible por estas deudas del balance arroja un saldo vivo de 148 millones de euros a 31 de diciembre de 2019” y que la ratio de endeudamiento indica “la proporción de la deuda de la entidad en relación con sus fondos propios, es decir, en qué medida la sociedad es dependiente del capital ajeno. Con un valor de 7,66 indica el importante peso que tienen los recursos ajenos en la entidad con respecto al patrimonio neto”.

El organismo fiscalizador indica que “la cuenta de pérdidas y ganancias de la entidad retornó en 2019 a la senda de las pérdidas, tras los beneficios obtenidos en 2018 como consecuencia de la operación de permuta con la Sociedad de Gestión General y Promoción de Activos, SL (Sogesproa)”. “En buena medida, dicho resultado negativo tiene su explicación en la estructura financiera de la entidad, basada en un elevado nivel de endeudamiento”, dice.

Señala, igualmente, que la modificación de la Ley 4/2017, de 5 de mayo, en materia de ordenación del territorio y urbanismo (Trotu), supuso para la sociedad “la imposibilidad de que la administración le realizase encargos directos conforme se venía procediendo”.

“Desde ese momento, la adjudicación debe realizarse en régimen de libre concurrencia, con alguna excepción. Como consecuencia, en relación con su actividad urbanizadora, en 2019 no se iniciaron nuevas promociones urbanísticas, ni de suelo residencial ni de suelo industrial. La actividad se centró en desarrollar las promociones procedentes de convenios o encargos pendientes. La sociedad procedió, principalmente, a la comercialización de parcelas y a la prestación de servicios”, expone.

Todos estos factores ponen de manifiesto, según el informe de la Sindicatura, “la limitada capacidad de actuación de Sogepsa y su dependiente sistema de financiación, basado en aportaciones de administraciones públicas sometidas, a su vez, a restricciones normativas en materia de presupuestos, estabilidad y endeudamiento que podrían limitar seguir formalizando nuevos acuerdos de financiación”.


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