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La Unidad para la Coordinación de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de Economía verá la luz en 10 días

TOLEDO, 14 (EUROPA PRESS)

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este lunes la resolución por la que se constituye en la Consejería de Economía,Empresas y Empleo la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que deberá quedar constituida en un plazo de 10 días.

Así consta en dicha resolución, que recoge Europa Press, en la que se indica que, de conformidad con el Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de aplicación en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se crea en dicha consejería esta unidad que tendrá funciones de control de gestión del plan establecido en aplicación de la evaluación específica del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo realizada en la Consejería.

La Unidad para la Coordinación y el Seguimiento queda adscrita a la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, quien garantizará su independencia de los órganos ejecutores de los subproyectos y actuaciones en el ámbito de esta Consejería.

Dicha unidad comprobará y analizará los expedientes identificados de riesgo, mediante las herramientas y procedimientos que se hayan establecido, y, en su caso, propondrá medidas específicas.

Asimismo, actuará como primer órgano de análisis y valoración de las comunicaciones de los posibles indicios de fraude, comunicándolo al Órgano Gestor (como superior jerárquico) y, en su caso, al Comité Antifraude para que se tomen las medidas de corrección y persecución oportunas.

FUNCIONES

Entre sus funciones está la de comunicar al personal de la Consejería la aprobación y actualización del Plan de Medidas Antifraude y del resto de comunicaciones que en relación con él y sus medidas deban realizarse, y divulgar entre el personal de la Consejería los cauces existentes para la comunicación de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos.

También ha de supervisar y controlar la aplicación por los órganos ejecutores del conjunto de normativa y medidas antifraude que afectan específicamente a su ámbito de gestión, y velar por que se incorpore en cada uno de los expedientes administrativos que gestionen los Órganos Ejecutores un check list de verificación con las medidas antifraude aplicables en el expediente que se tramita.

De igual modo, se establecerá un procedimiento de trabajo para la detección, corrección y persecución del fraude, la corrupción y los conflictos de interés, y elaborará modelos de documentos para la prevención, detección, corrección y persecución del conflicto de intereses, el fraude y la corrupción y la documentación de las actuaciones relacionadas.

Tendrá que canalizar las denuncias y comunicaciones de indicios de fraude. Una vez analizada la situación producida, en el caso de que pudiera ser constitutivo de fraude o corrupción, informará al superior jerárquico y remitirá el asunto al comité antifraude para su evaluación.

También ha de conocer los casos en que la posible existencia del conflicto de interés se haya detectado con posterioridad a que haya podido producir sus efectos, alterando o pudiendo haber alterado el procedimiento de concesión o de ejecución de subvenciones o de contratación.

Valorará si esa situación podría haber alterado el resultado del procedimiento y si la conducta del empleado público podría haber dado lugar a un resultado no conforme a derecho.

ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN

Al frente de la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento estará la persona titular del puesto de Jefe/a de Área de coordinación jurídica, transparencia, participación e igualdad de género de la Secretaría General.

Ejercerán como vocales, la persona titular del puesto de Jefe/a de Servicio de régimen económico de la Secretaría General y la persona titular del puesto de Jefe/a de Servicio de gestión contable y presupuestaria de la Secretaría General.

Junto a los anteriores, podrán formar parte de la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento, previa designación expresa al efecto, el personal técnico especializado en los procedimientos a través de los que se canalicen los fondos económicos o en la materia sobre la que versan los subproyectos y o actuaciones de los Órganos Ejecutores de la Consejería, así como un representante de la Intervención General del ámbito de la Consejería, designado por el Interventor General.

FUNCIONAMIENTO

La Unidad para la Coordinación y el Seguimiento establecerá las reglas para su funcionamiento, la periodicidad de sus reuniones y la forma de documentación de su actividad conforme a lo dispuesto en el Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El personal que forme parte de los Órganos Ejecutores que lleven a cabo la ejecución material de los subproyectos y actuaciones en el ámbito de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, estará obligado a colaborar con la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento en el desarrollo de sus funciones.


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