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Canarias aprueba un Decreto-Ley para gestionar y tramitar los fondos europeos de recuperación

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 31 (EUROPA PRESS)

El vicepresidente y consejero de Hacienda del Gobierno de Canarias, Román Rodríguez, ha presentado este miércoles el Decreto-ley de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU en el ámbito de la comunidad autónoma.

Rodríguez ha detallado este Decreto-Ley en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, donde ha sido aprobado, y ha apuntado que se establece de esta forma un modelo concreto para la gobernanza y la planificación de proyectos financiados por la Unión Europea (UE), al tiempo que incorpora diferentes medidas administrativas, de organización de los recursos, así como de gestión presupuestaria y económica que persiguen contribuir a una gestión “más ágil y eficiente” para facilitar la adecuada ejecución de estos fondos y cumplir los objetivos previstos.

De este modo, los procedimientos administrativos, de gestión presupuestaria, de subvenciones y ayudas, de contratación pública, y demás expedientes de gastos que se tramiten para la gestión, seguimiento y control de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU se harán por “urgencia” y se despacharán con carácter “preferente”.

Rodríguez ha señalado que en el caso de las subvenciones se da la posibilidad de otorgarlas por concurrencia no competitiva para las actuaciones que no requieran valoración comparativa con otras propuestas. Asimismo, contempla una regulación de las convocatorias abiertas, “más flexible y amplia”, por más de un ejercicio presupuestario.

De todos modos, ha señalado que esa tramitación urgente “no afectará” a los plazos de convocatoria pública, presentación de ofertas, subsanación de requerimientos o cualesquiera otros plazos que limiten los derechos de terceros o que no puedan reducirse por aplicación de la normativa básica.

ESTRUCTURA PARA TOMAR DECISIONES

Por otro lado, ha explicado que se establece una estructura para la toma de decisiones, de tal forma que se creará un órgano que será el encargado de la alta dirección y gobernanza de los fondos Next Generation EU.

En concreto, habrá una Comisión de Planificación y Gobernanza, donde estará el gobierno regional en su conjunto bajo la presidencia del jefe del Ejecutivo autonómico, Ángel Víctor Torres, y será donde se adopten las decisiones “claves” de orientación en cuanto a los proyectos.

Por debajo de dicha Comisión estará el Comité Director de Planes y Proyectos, que será el encargado de aprobar y realizar un seguimiento de los planes. Asimismo, habrá una autoridad responsable ante el Estado, que será la Dirección General de Presupuestos y la Intervención General se encargará del control de los fondos.

Añadió que también se simplifica la documentación que tienen que presentar los beneficiarios.

La nueva norma regula además la cooperación interadministrativa mediante convenios de tramitación preferente que pueden tener vigencia de hasta seis años y prevé tramitación anticipada, así como adelanto de hasta el 50 por ciento de la cantidad a percibir para la ejecución de proyectos con cargos a los fondos europeos y mecanismos de colaboración con el sector privado para que participe en el desarrollo de las actuaciones.

MÁS RECURSOS HUMANOS

Todo ello, ha matizado que conllevará tener recursos humanos específicos para este momento, por lo que se crearán unidades nuevas para la gestión y tramitación de estos fondos preferentemente con los efectivos del departamento u organismo encargado de su gestión, que impulsarán las acciones necesarias para la redistribución de personas y puestos de trabajo que permita agilizar su ejecución.

También emplearán, como modo preferente de provisión la redistribución de efectivos, la reasignación de los mismos, la atribución temporal de funciones y la movilidad funcional teniendo como prioridades el aprovechamiento del talento y la experiencia adquirida de las personas al servicio de la Administración.

Para ello, la Dirección General de la Función Pública dictará las instrucciones pertinentes con el fin de procurar una tramitación ágil y preferente en la provisión de los puestos de trabajo de las unidades administrativas responsables de la gestión de los proyectos financiados con cargo a los fondos de Next Generation EU.

Además los departamentos y organismos públicos podrán reforzar sus plantillas con el nombramiento de personal estatutario temporal, personal funcionario interino o personal laboral con contratos de duración determinada. Estos nombramientos y contratos de personal se formalizarán solo por el tiempo imprescindible para la ejecución de los proyectos financiados con fondos Next Generation EU.

Asimismo, se podrán atribuir temporalmente funciones con carácter total o parcial al personal funcionario de carrera o interino, estatutario fijo o temporal y laboral fijo o temporal, sin que en ningún caso esta implique cambio de adscripción de puesto de trabajo, ni del carácter definitivo o temporal de adscripción al mismo.

En este sentido, se ha señalado que también se podrá designar personal directivo responsable de la gestión de programas y proyectos financiados con fondos europeos, que deberá estar en posesión de titulación oficial universitaria, y su selección se sujetará a criterios de idoneidad, pudiéndose llevar a cabo mediante procedimientos ágiles que garanticen la publicidad y la concurrencia.

En cuanto a la formación, se potenciará mediante acciones específicas para la capacitación de los empleados públicos en las materias vinculadas a la ejecución de los proyectos y programas financiados con fondos Next Generation EU.

Por último, Rodríguez ha apuntado que el Decreto-Ley recoge también dos medidas tributarias, tales como son la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) a determinadas importaciones y entregas relativas a los congeladores especiales destinados a la conservación adecuada de las vacunas, así como la modificación del Decreto-ley 19/2020, de establecimiento del tipo cero en el IGIC aplicable a la importación o entrega de mascarillas y productos sanitarios para incluir determinados tipos de mascarilla que se habían omitido en el texto original.

Redacción

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